TESTIMONIO: VISTO Y CONSIDERANDO: La sanción de la Ordenanza Nº 3/94, donde incor- pora al Reglamento de la Ordenanza Nº 82/93 la gestión de cobro por parte de la empresa concesionaria de la prestación de los servicios de abastecimiento y distribución de agua potable y desagües cloaca- les, la tasa por Alumbrado, Barrido y Limpieza de la Vía Pública de los contribuyentes del Partido de Balcarce. Que, de dicha reglamentación surge que la empre- sa concesionaria hace al efecto una gestión de cobro del ABL por cuenta y orden de la Municipalidad, y que dicha tasa se cobra conjun- tamente con el servicio sanitario que brinda la empresa. Que la empresa concesionaria debe realizar el cobro del ABL, entendiéndose por esto al cobro de las facturas en las bocas de cobranza habilitadas a tal efecto, y también la gestión or- dinaria de mora, la cual consiste en la emisión de aviso de deuda en intimaciones; por tal motivo debe quedar fuera de la cobranza por parte de ésta la gestión prejudicial y judicial de dicha tasa. Que atento a la excesiva mora que se registra en la tasa mencionada y que la empresa concesionaria solamente puede realizar la gestión de cobro ordinaria, resulta conveniente trasladar la deuda generada por la tasa de ABL a la Administración Municipal a los efectos de posibilitar las acciones judiciales y prejudiciales en forma autónoma. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 101/02 ------------------------------- ARTICULO 1.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a suscribir con la ------------ Empresa Aguas de Balcarce S.A. un convenio cuyo objeto consista en dejar sin efecto la gestión de cobro por parte de la men- cionada empresa de la tasa por Alumbrado, Barrido y Limpieza de la Vía Pública, incluida en su facturación, para aquellos períodos que se encuentren en mora y pasen a la etapa de gestión de cobro prejudi- cial y/o judicial. En estos casos la cobrabilidad de los montos de la deuda será gestionada por la Administración Municipal.--------------- ARTICULO 2.- Elévese a este Honorable Concejo Deliberante el convenio ------------ que se formalice en virtud de esta autorización.-------- ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.--------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Se- sión Extraordinaria, a los treinta días del mes de diciembre de dos mil dos. FIRMADO: Martín A. Pérez - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.----------------------------------------------------------